Esos de Rioja.

Las claves básicas para entender este vino.


 Existen 3 tipos de riojanos: Por sus variaciones de clima y suelo, se distinguen tres subzonas de producción: Rioja alta, Rioja baja y Rioja Alavesa. Algunos de los municipios que tienen la denominación son:

– Rioja Alta:

Ábalos, Baños de Rioja, Berceo, Cañas, Foncea, Fonzaleche, Hormilleja, Leiva, Matute, Medrano, Nájera, Navarrete, San Asensio, San Millán de Yécora, San Vicente de la Sonsierra, Villarejo y Zarratón, de la provincia de La Rioja, y el enclave del término municipal de Miranda de Ebro (Burgos), denominado “El Ternero”.

– Rioja Baja:

Agoncillo, Leza del Río Leza, Pradejón, Santa Eulalia Bajera, Aras, y Viana, de la provincia de Navarra.

– Rioja Alavesa:

Baños de Ebro, Elciego, Moreda de Álava, Navaridas, Samaniego, Villabuena de Álava y Yécora.

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Las cepas:

  • Vinos tintos: En los vinos tintos elaborados con uva desgranada, deberá emplearse, como mínimo, un 95 por 100 de uva de las variedades Tempranillo, Garnacha tinta, Graciano, Mazuelo y Maturana tinta. En los vinos tintos elaborados con uva entera, este porcentaje será, como mínimo, del 85 por 100.

  • Vinos blancos En la elaboración de vinos blancos se emplearán exclusivamente uvas de las variedades Viura, Garnacha blanca, Malvasía, Maturana blanca, Tempranillo blanco y Turruntés.

Asimismo se emplearán uvas de las variedades Chardonnay, Sauvignon blanc y Verdejo, si bien ninguna de estas podrá ser predominante en el producto final.

  • Vinos rosados: Se empleará un mínimo del 25 por 100 de uvas de variedades Tempranillo, Garnacha tinta, Graciano, Mazuelo y Maturana tinta. En el caso de que se empleasen las variedades Chardonnay, Sauvignon blanc o Verdejo, habrá de tenerse en cuenta la limitación establecida en el párrafo anterior.

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Sólo puede aplicarse la denominación de origen calificada "Rioja" a los vinos procedentes de bodegas inscritas en los Registros correspondientes que hayan sido producidos y elaborados conforme a las normas exigidas por este Reglamento, y que reúnan las condiciones enológicas y organolépticas que deben caracterizarlos.
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